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¿Qué procedimiento se sigue para la toma de decisiones en una comunidad?
12 de Febrero de 2015

A lo largo de nuestra trayectoria como administración de fincas en Gijón, podemos afirmar que muchas personas tienen dudas acerca de los criterios de votación a la hora de tomar decisiones dentro de una comunidad de vecinos. Dependiendo de la medida que se quiera aprobar será necesario un tipo de mayoría u otra. En este sentido cualquier decisión que afecte a todo el inmueble deberá ser debatida y aprobada en la Junta de propietarios.

Todos los acuerdos que se tomen en la Junta de Propietarios están sujetos a una serie de normas que rigen la Ley de Propiedad Horizontal. Por ejemplo, para cualquier decisión acerca de la instalación de estructuras para telecomunicaciones o equipos cuyo objetivo sea la mejora de la eficiencia energética con aprovechamiento privativo se necesitará una mayoría de 1/3. Es decir, los vecinos que no hayan votado a favor no tienen que pagar por ello, solo lo harían en caso de que en el futuro quisieran hacer uso de dichas instalaciones.

Como especialistas en la administración de fincas en Gijón te informamos de que se necesita una mayoría de 3/5 cuando se vaya a instalar o eliminar algún servicio como el de portería, vigilancia, limpieza o jardinería; sistemas que mejoren la accesibilidad y seguridad del inmueble, así como la colocación o supresión de equipos de aprovechamiento común para la eficiencia energética. Por otro lado la mayoría simple se necesita para aprobar la instalación de un ascensor y la eliminación de todo tipo de barreras arquitectónicas. En cambio la unanimidad es requerida para aprobar o modificar reglas contenidas en los estatutos.

En Jojusa Administraciones encontrarás a los mejores profesionales para la gestión de todo tipo de fincas. Nos avala una amplia experiencia en el sector y te garantizamos un asesoramiento personalizado. 

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